
Oswaldo Betancort: “Seguiremos defendiendo los intereses de Lanzarote y La Graciosa y trabajando para mejorar el servicio con el respaldo de nuestros servicios técnicos y jurídicos”
El Consorcio del Agua de Lanzarote ha obtenido una nueva resolución judicial favorable en el conflicto con Canal de Isabel II por la reversión del servicio de abastecimiento de agua. La Justicia ha rechazado las medidas cautelares solicitadas por la empresa para obligar al Consorcio a asumir los contratos de la anterior concesionaria y permitirle un acceso generalizado a documentación e instalaciones.
Mediante un auto fechado el 21 de octubre, la magistrada de la plaza número cuatro de la Sección Contencioso-Administrativa del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria desestimó las dos peticiones planteadas por Canal de Isabel II.
La empresa pretendía que el Consorcio asumiera de manera inmediata todos los derechos y obligaciones derivados de los contratos que Canal Gestión Lanzarote mantenía con proveedores y otros terceros vinculados al servicio.
Asimismo, solicitaba que se atendieran los requerimientos de la antigua concesionaria y se le facilitara pleno acceso a archivos, aplicaciones informáticas e instalaciones para preparar la liquidación de la concesión.
El tribunal rechaza la asunción automática de los contratos
La magistrada consideró que no procedía imponer estas obligaciones como medidas provisionales mientras se resuelve el recurso judicial.
La resolución no supone un pronunciamiento definitivo sobre el fondo del conflicto, pero evita que el Consorcio tenga que asumir cautelarmente y de forma general los contratos privados de la anterior concesionaria.
El presidente del Cabildo y del Consorcio del Agua de Lanzarote, Oswaldo Betancort, valoró positivamente la decisión judicial.
“Esta resolución permite seguir desarrollando la gestión del servicio sin que se imponga al Consorcio la asunción automática de todos los contratos privados de la anterior concesionaria. Seguiremos defendiendo los intereses de Lanzarote y La Graciosa y trabajando para mejorar el servicio con el respaldo de nuestros servicios técnicos y jurídicos”, afirmó.
En relación con los contratos, la magistrada explicó que sería necesario determinar previamente si existe una obligación jurídica de asumirlos, una cuestión que no puede resolverse mediante este procedimiento cautelar.
Además, señaló que los posibles perjuicios económicos alegados por Canal de Isabel II podrían compensarse si posteriormente obtuviera una sentencia favorable.
El auto también advirtió de la contradicción entre solicitar la anulación del acuerdo de reversión y reclamar, al mismo tiempo, actuaciones que la propia empresa considera necesarias para ejecutar dicho acuerdo.
El acceso a la documentación deberá plantearse durante la liquidación
Respecto a la petición de acceso a documentación, aplicaciones informáticas e instalaciones, el tribunal estableció que Canal de Isabel II deberá formular sus solicitudes dentro del procedimiento de liquidación del contrato.
Por tanto, la resolución no prohíbe de manera general dicho acceso, sino que rechaza concederlo mediante las medidas cautelares solicitadas.
Este pronunciamiento se suma al auto del pasado 19 de octubre, que también rechazó suspender cautelarmente la incautación de los ocho millones de euros correspondientes a la garantía del contrato.
Ambas decisiones permiten al Consorcio mantener la ejecución de los acuerdos en los aspectos cuestionados, mientras continúan los procedimientos judiciales.
Continuidad de la gestión del agua
El Consorcio del Agua de Lanzarote asumió la gestión directa del ciclo integral del agua el pasado 2 de junio. Desde entonces, ha mantenido la continuidad del servicio y ha tramitado sus propios procedimientos de contratación para atender las prestaciones necesarias.
El vicepresidente del Consorcio, Domingo Cejas, destacó que la prioridad sigue siendo garantizar los servicios esenciales a la población.
“Nuestra prioridad es garantizar el abastecimiento, el saneamiento y la depuración, mientras ordenamos las contrataciones necesarias y defendemos los recursos públicos. Ese trabajo continúa cada día para mejorar la atención a los usuarios de Lanzarote y La Graciosa”, señaló.
El auto judicial no impuso costas a ninguna de las partes y podrá ser recurrido en apelación en el plazo de quince días desde su notificación.