
El fiscal descarta prevaricación en el decreto de 2021 sobre la situación administrativa de Juan Manuel Sosa y concluye que Corujo debía cumplir la resolución vigente de Función Pública
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha acordado el archivo inmediato de las diligencias de investigación abiertas contra la secretaria insular del PSOE de Lanzarote y diputada por la provincia de Las Palmas, María Dolores Corujo, al concluir que los hechos investigados no son constitutivos de infracción penal.
La investigación se inició a partir de una comunicación remitida por la Dirección Insular de Presidencia del Cabildo de Lanzarote a la Fiscalía de Área de Arrecife. Las actuaciones fueron posteriormente elevadas a la Fiscalía del Tribunal Supremo debido a la condición de aforada de Corujo.
Las diligencias se centraban en el Decreto de Presidencia 5684/2021, firmado por Corujo cuando era presidenta del Cabildo, relacionado con la situación administrativa de servicios especiales y la dedicación exclusiva del entonces consejero delegado del Área de Sanidad y Planificación Sanitaria, Juan Manuel Sosa.
El fiscal instructor concluye que el decreto firmado por Corujo «no constituye resolución arbitraria en asunto administrativo». La resolución señala que la entonces presidenta del Cabildo se limitó a ratificar el nombramiento del consejero delegado y a cumplir una resolución de la Dirección General de Función Pública del Gobierno de Canarias que en aquel momento se encontraba vigente y era de obligado cumplimiento.
La Fiscalía sostiene además que Corujo no tenía competencia para modificar o dejar sin efecto la resolución autonómica, puesto que había sido dictada por otra Administración dentro del ámbito de sus competencias. Según el decreto, una modificación acordada directamente por la Presidencia del Cabildo habría podido ser nula de pleno derecho.
El fiscal también indica que la posibilidad de recurrir aquella resolución ante la jurisdicción contencioso-administrativa no era obligatoria y que la decisión de no hacerlo no podía considerarse una prevaricación por omisión.
La Fiscalía descarta el delito de prevaricación
En la aplicación de la doctrina penal, el decreto señala expresamente que la conducta denunciada no puede constituir un delito de prevaricación porque la resolución firmada por Corujo no fue arbitraria.
La Fiscalía considera que la diputada socialista no tenía otra alternativa legal que asumir y cumplir la resolución firme de la Administración autonómica de abril de 2020, aunque esta fuese revisada y anulada años después por el propio Gobierno de Canarias.
El documento añade que, en el momento en que Corujo firmó el decreto, existía una duda jurídica razonable sobre la continuidad del consejero en la situación de servicios especiales. Esa duda, según la jurisprudencia citada por el fiscal, impide considerar que existiera una ilegalidad clara y manifiesta con relevancia penal.
La resolución concluye que el decreto investigado no vulneró de manera patente ningún principio básico de actuación de la Administración y que la interpretación aplicada podía considerarse, al menos, razonable.
Corujo denuncia una «cacería política»
Tras conocer el archivo de las diligencias, María Dolores Corujo ha mostrado su satisfacción y ha asegurado que la decisión de la Fiscalía confirma la posición que mantuvo desde el inicio de la investigación.
«Desde el primer momento sostuve que se trataba de una denuncia política, de una cacería emprendida por Oswaldo Betancort con el único fin de tratar de inhabilitarme como candidata. Hoy, el Ministerio Fiscal me da la razón», ha manifestado.
Corujo ha recordado que en enero de 2026 el presidente del Cabildo, Oswaldo Betancort, nombró director insular de Presidencia a David Montes, abogado del grupo de Coalición Canaria en la institución insular.
Según la dirigente socialista, el 2 de febrero se encargó a Montes el estudio del expediente de Juan Manuel Sosa y, veinticinco días después, fue presentada la denuncia que dio lugar a las diligencias ahora archivadas.
«Hoy el fiscal del Tribunal Supremo dice que ahí no había delito y que yo hice lo único que la ley me permitía hacer», ha señalado.
La secretaria insular del PSOE también ha anunciado que durante los próximos días informará de las acciones que emprenderá como consecuencia de la denuncia.
«No podemos normalizar que se contrate por más de cinco mil euros al mes al abogado de Coalición Canaria para interponer denuncias falsas y tenerlo en los medios día sí y día también difundiendo falsedades como mi pretendida pero inexistente imputación. Ahora es el turno de nuestros abogados», ha declarado.
Corujo considera que el archivo no compensa el daño personal y político que, a su juicio, le ha ocasionado el procedimiento durante los últimos cinco meses.
«Ninguna nota de prensa devuelve cinco meses de sospecha sobre una persona y sobre su familia, seguida de continuos infundios y acusaciones en los medios de comunicación», ha afirmado.
«Hoy ha quedado claro que la única resolución que existe sobre este asunto dice que no hubo ningún delito», ha concluido.
El decreto, firmado en Madrid el 24 de julio de 2026 por el fiscal del Tribunal Supremo Álvaro Redondo Hermida, acuerda notificar el archivo tanto a Corujo como al denunciante. La resolución advierte además al denunciante de su derecho a reiterar la denuncia ante la autoridad judicial.