La patronal lanzaroteña se suma así a las críticas de la CEHAT, y del resto de asociaciones sectoriales del país, que se ha dirigido a los ministerios de Turismo e Interior y a la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil exigiendo la revisión y el ajuste de la normativa.
La Federación Turística de Lanzarote ha querido hacer pública su preocupación por el “caos” que generará la inminente entrada en vigor del Real Decreto 933/2021, que modifica la normativa del registro de viajeros, sumándose así a las críticas de la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) y de todas las patronales del sector.
La medida afecta entre otros a los alojamientos turísticos, a las agencias de viajes y a las empresas de rent a car, que desde el próximo 1 de octubre tendrán que triplicar el número de datos que solicitan a los clientes para notificarlos a las autoridades. “La normativa, tal como está planteada, impone unas obligaciones desproporcionadas para el sector. No sólo supondrá una sobrecarga administrativa afectando a la operativa de los alojamientos turísticos, agencias de viaje y alquiler de coches, perjudicará la experiencia de cliente a la llegada, por la enorme recopilación de datos que habrá que realizar, sino también genera una gran inseguridad jurídica y responsabilidad para el personal y la empresa que no ocurre en ningún otros país de la UE”, ha advertido la presidenta de la FTL y de Asolan, Susana Pérez.
Desde el sector cuestionan que el Real Decreto de 2021, en el que señala que habría un posterior desarrollo por orden ministerial, pero “a fecha de hoy, este desarrollo legislativo no existe, por lo que se produce una confusión generalizada con respecto a qué información sería exigible y a la forma de remitirla”.
En concreto, desde la CEHAT señalan que “el sector hotelero, que siempre ha venido colaborando con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, llevan años cumplimiento con la ORDEN INT/1922 sobre libros-registro y partes de entrada de viajeros en establecimientos de hostelería, pero nos encontramos con la sorpresa de que tenía que facilitar datos no oficiales y que no aparecen en ninguno de los documentos que portan los viajeros (DNI y pasaporte) tales como forma de pago, números de tarjeta de crédito, teléfono móvil y domicilio real, que hace imposible remitirlos de forma automatizada, obligando a su registro y envío de forma manual y al consiguiente aumento de errores y trabajo desproporcionado de quienes los deben remitir”.
Las patronales, confederaciones nacionales del sector, han venido manteniendo distintas reuniones para reclamar cambios en la normativa, pero ante la falta de respuesta a los problemas planteados, se han vuelto a dirigir a los Ministerios de Turismo e Interior, así como a la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil, exigiendo la revisión y ajuste del Real Decreto para garantizar la proporcionalidad y minimización de datos, así como un largo periodo para la adecuación tecnológica y adaptación de los sistemas operativos de las empresas.
“El Real Decreto no ha sido desarrollado en detalle ni adaptado a las realidades del sector turístico, lo que genera una enorme incertidumbre jurídica. Nos enfrentamos a la obligación de recopilar y enviar datos que ni siquiera están presentes en los documentos oficiales que los viajeros aportan. Esta falta de claridad no solo aumenta la posibilidad de errores, sino que pone en riesgo la eficiencia y la fiabilidad de la información que se le brinda a las autoridades”, ha añadido Susana Pérez.
De hecho, desde la CEHAT advierten que esta legislación, que califican de “muy deficiente” y “de imposible aplicación”, implicará “la pérdida de la fiabilidad de los datos de los que actualmente disponen los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado para prevenir los delitos y el terrorismo”.
Las principales preocupaciones para el sector, que ha decidido unirse para hacer pública su postura, se centran en cinco puntos:
Incompatibilidad con la normativa de la Unión Europea: La Comisión Europea y el TJUE, en la Sentencia C-817/19, han señalado que las medidas de tratamiento masivo de datos personales previstas en el Real Decreto vulneran las normativas comunitarias sobre protección de datos y privacidad. La recolección y almacenamiento de datos, tal como está planteada, no respeta los principios de proporcionalidad y minimización, lo que podría generar sanciones, acciones judiciales y mayor inseguridad jurídica para los sujetos obligados. Además, el Real Decreto implica una injerencia significativa en los derechos de privacidad de turistas y usuarios sin ofrecer salvaguardias claras, limitando la recolección masiva de datos a casos específicos y justificados.
Inseguridad jurídica e imposibilidad de cumplimiento: El Real Decreto carece de la concreción y claridad necesarias para evitar vacíos legales, lo que provoca inseguridad jurídica. Asimismo, la normativa, el Real Decreto, ignora las complejidades operativas de las empresas afectadas, que se enfrentan a dificultades para recopilar los datos exigidos antes de la prestación de los servicios, lo que las expone a importantes sanciones debido a la imposibilidad de cumplir con estas obligaciones, con las consecuentes repercusiones operativas y reputacionales.
Desventaja competitiva en el mercado nacional y europeo: Las obligaciones impuestas por el Real Decreto colocan a las empresas españolas, o a aquellas que operan en España, en una clara desventaja frente a competidores en otros países de la UE que no tienen normativas similares. Empresas y organizaciones europeas, como agencias de viajes, plataformas de comercialización, organizadores de congresos, hoteles, apartamentos turísticos y turoperadores, entre otros, han expresado ya sus dudas sobre el cumplimiento de esta normativa en los órganos europeos justificando su solicitud, en varios aspectos, entre los que se encuentran las dificultades que implica para el envío de viajeros a España.
Falta de adecuación tecnológica: Actualmente, la infraestructura tecnológica necesaria para cumplir con las obligaciones de registro y comunicación no está plenamente operativa, lo que redunda sobre la incertidumbre jurídica, la imposibilidad de cumplimiento añade probabilidad de riesgos operativos y reputacionales para los sujetos obligados. La falta de preparación tecnológica ya ha sido señalada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y la Comisión Europea, reforzando nuestra afirmación de que la normativa no tiene en cuenta de manera adecuada ni la realidad operativa del sector turístico ni la normativa vigente en los mercados emisores internacionales. Al mismo tiempo, la distribución de competencias en materia de seguridad en España genera la implementación de diferentes herramientas en distintas regiones del país, lo que supondrá una dificultad adicional para las empresas turísticas con centros de trabajo operativos en varios territorios a nivel nacional.
Carga administrativa desproporcionada: conjuntamente de las dificultades señaladas, nos parece relevante destacar que, las nuevas obligaciones de registro e identificación suponen una sobrecarga administrativa excesiva, especialmente para las pequeñas y medianas empresas (pymes), que constituyen el núcleo del sector turístico (95% de las empresas). Implementar estas exigencias incrementa los costos operativos y la complejidad de gestión, algo que muchas empresas no pueden asumir, enfrentándose además de a los riesgos expuestos, operacionales y reputacionales, a graves sanciones económicas por su incumplimiento.
